Williams & Gasparian Law representa a peatones atropellados por autos, camiones, autobuses y vehículos de viajes compartidos en todo el condado de Los Ángeles, así como en el resto de California.
Los conductores a menudo dicen que el peatón salió de la nada. Los datos de sincronización de los semáforos, las cámaras de las intersecciones y los relatos de los testigos suelen contar una historia diferente. Reunimos esa evidencia pronto, antes de que el video se sobrescriba.
Cómo Ocurren los Atropellos de Peatones
La mayoría de los atropellos ocurren en las intersecciones o en el camino cerca de ellas, y la mayoría involucra a un conductor que no estaba atento a las personas.
- No ceder el paso en un cruce peatonal. Marcado o no marcado. Bajo la ley de California, toda intersección tiene un cruce peatonal, esté pintado o no.
- Conductores que giran. Un conductor que gira a la derecha con luz roja o a la izquierda cruzando el tráfico busca autos, no personas.
- Exceso de velocidad en zonas residenciales y escolares. La velocidad decide si un peatón sale caminando o no.
- Conductores distraídos. Teléfonos, pantallas y pasajeros.
- Conductores intoxicados. Sobre todo de noche, cuando las muertes de peatones son más frecuentes.
- Salir en reversa. Entradas de cochera, estacionamientos y zonas de carga.
- Mala iluminación o sincronización de semáforos. Una entidad pública puede ser responsable de una intersección que da a los peatones muy poco tiempo para cruzar.
Lo Que Usted Podría Recuperar
La ley de California permite que un peatón lesionado reclame dos tipos de pérdidas.
Pérdidas económicas
- Atención de emergencia, cirugía y facturas del hospital
- Rehabilitación y tratamiento futuro
- Los salarios que perdió mientras no pudo trabajar
- La reducción de su capacidad de generar ingresos si la lesión es duradera
- Bienes personales destruidos en el choque, como un teléfono o unos lentes
Pérdidas no económicas
- Dolor físico
- Angustia emocional
- La pérdida de las actividades que solía disfrutar
- Cicatrices, desfiguración o discapacidad permanente
Las lesiones de peatones suelen ser las más graves que vemos. La atención futura y la pérdida de capacidad de generar ingresos pueden ser las partes más grandes del reclamo. No publicamos valores de casos en este sitio.
Reglas de California Que Afectan los Casos de Peatones
- Derecho de paso en los cruces peatonales
- El artículo 21950 del Código de Vehículos exige que los conductores cedan el paso a un peatón en un cruce peatonal marcado o en un cruce peatonal no marcado en una intersección, que reduzcan la velocidad, que tomen todas las precauciones necesarias para la seguridad del peatón.
- Fuera de un cruce peatonal
- El artículo 21954 del Código de Vehículos dice que un peatón que cruza fuera de un cruce peatonal debe ceder el paso a los vehículos, pero también dice que los conductores deben seguir actuando con el debido cuidado. Estar fuera del cruce peatonal puede reducir la recuperación. No la impide.
- Multas por cruzar fuera del cruce peatonal
- Desde el 1 de enero de 2023, bajo la Freedom to Walk Act (Ley de Libertad para Caminar), la policía solo puede detener o multar a un peatón por cruzar fuera del cruce peatonal o en contra de la señal cuando una persona razonablemente cuidadosa se daría cuenta de que existe un peligro inmediato de colisión.
- Plazos
- Dos años desde el choque para presentar una demanda por lesiones. Si hubo un autobús municipal, un vehículo del gobierno o una intersección mal diseñada involucrada, el reclamo por escrito ante esa entidad vence a los seis meses.
- Culpa compartida
- California aplica la negligencia comparativa pura. Las aseguradoras a menudo asignan al peatón una parte de la culpa. Su recuperación se reduce en esa proporción, y parte de nuestro trabajo es demostrar que esa proporción es menor de lo que se alega.
- Fuga tras el accidente
- Si el conductor huyó, la cobertura de conductor sin seguro de su propia póliza de auto, o la de un miembro de su hogar, puede cubrirlo como peatón. También buscamos video y testigos para identificar al conductor.
Qué sucede después de que usted llama
Cinco etapas, desde la primera llamada hasta el día en que se cierra el caso.
Una consulta gratuita
Usted nos cuenta lo que pasó. Nosotros le decimos si tiene un caso y lo que haríamos primero. Sin costo, sin obligación de contratarnos.
Investigación
Reunimos el reporte policial o de incidente, fotos, declaraciones de testigos, expedientes médicos y video. Cuando el caso lo requiere, contratamos a especialistas en reconstrucción de accidentes o a los médicos que lo atendieron.
Trato con las aseguradoras
Una vez que nos contrata, las aseguradoras tratan con nosotros en lugar de con usted. Nos encargamos de las llamadas, las cartas y las solicitudes de declaraciones grabadas. Usted se concentra en su tratamiento.
Negociación o demanda
Cuando su tratamiento ha avanzado lo suficiente para conocer cuáles son sus pérdidas, enviamos una carta de demanda de pago. Si la aseguradora no ofrece una cantidad justa, presentamos una demanda judicial y preparamos el caso como si fuera a llegar a juicio.
Resolución
La mayoría de los casos terminan en un acuerdo. Algunos llegan a juicio. En cualquiera de los dos casos, le explicamos cada oferta en términos sencillos, y la decisión de aceptarla o rechazarla es suya.
Preguntas que nos hacen con frecuencia
Sí. Los conductores deben actuar con el debido cuidado dondequiera que haya peatones, y toda intersección tiene un cruce peatonal no marcado aunque no haya pintura. Si usted estaba a mitad de la cuadra, la aseguradora argumentará que comparte la culpa, lo que reduce la recuperación según su porcentaje. No pone fin al reclamo.
Dos años desde el choque para un reclamo contra un conductor. Seis meses para un reclamo contra una entidad pública, algo que surge en los casos de peatones con más frecuencia de lo que la gente espera, por los autobuses, la sincronización de los semáforos y el diseño de las calles.
Buscamos cámaras de intersecciones, video de negocios y testigos para identificar el vehículo. Si nunca se encuentra al conductor, su propia cobertura de conductor sin seguro, o la de un familiar con quien vive, puede aplicar.
Sí. Los reclamos contra una entidad pública requieren un reclamo por escrito dentro de seis meses, y la entidad tiene tiempo para responder antes de que se pueda presentar una demanda. Omitir ese paso puede acabar con el reclamo, así que llame pronto.
Ese es un argumento de culpa comparativa, y la aseguradora lo va a plantear. El conductor de todos modos tenía que verlo y detenerse. Examinamos la velocidad, las líneas de visión y los tiempos para demostrar lo que el conductor pudo haber hecho.
Trabajamos con honorarios de contingencia. Usted no paga nada por adelantado, y nuestros honorarios son un porcentaje de lo que recuperamos para usted. Si no recuperamos nada, usted no debe honorarios de abogado. Tampoco debe nada por los costos del caso.
Hable con un Abogado de Accidentes de Peatones en Glendale
Si usted o un familiar fue atropellado mientras caminaba en cualquier parte de California, llámenos o envíe el formulario. Revisaremos lo que ocurrió sin costo alguno.



