A los motociclistas se les culpa de choques que no causaron, por el conductor que giró a la izquierda y por el ajustador que da por hecho que el motociclista iba a exceso de velocidad. Williams & Gasparian Law representa a motociclistas lesionados en todo el condado de Los Ángeles, así como en el resto de California, y empezamos cada caso averiguando lo que realmente ocurrió.
El aspecto médico de un caso de motocicleta importa tanto como el aspecto de la culpa. Documentamos ambos, tratamos con las aseguradoras, presentamos una demanda cuando no hay un acuerdo justo sobre la mesa.
Cómo Ocurren los Choques de Motocicleta
La mayoría de los choques que vemos fueron causados por el conductor de un auto, no por el motociclista.
- Giros a la izquierda frente a la moto. El choque grave de motocicleta más común. El conductor gira en una intersección o hacia una entrada de cochera sin ver al motociclista.
- Cambios de carril inseguros. Un conductor se desvía hacia el carril del motociclista sin revisar el espejo ni el punto ciego.
- Conductores distraídos. Los teléfonos y las pantallas del tablero apartan la vista de un carril donde una motocicleta es fácil de pasar por alto.
- Seguir demasiado cerca. Un motociclista que tiene que frenar con fuerza por un peligro recibe un golpe por detrás.
- Peligros en el camino. Baches, grava, aceite o pavimento irregular que no afectarían a un auto pueden derribar una moto. Una ciudad o un contratista pueden ser responsables.
- Golpe con la puerta de un auto. Un conductor estacionado abre la puerta hacia el carril que usa el motociclista.
- Conductores intoxicados. Alcohol o drogas, lo que también puede respaldar un reclamo por daños punitivos.
Lo Que Usted Podría Recuperar
La ley de California permite que un motociclista lesionado reclame dos tipos de pérdidas.
Pérdidas económicas
- Atención de emergencia, cirugía y facturas del hospital
- Rehabilitación, fisioterapia y tratamiento futuro
- Los salarios que perdió mientras no pudo trabajar
- La reducción de su capacidad de generar ingresos si la lesión es duradera
- La reparación o el reemplazo de la motocicleta, el casco y el equipo
Pérdidas no económicas
- Dolor físico
- Angustia emocional
- La pérdida de las actividades que solía disfrutar
- Cicatrices, desfiguración o discapacidad permanente
Las raspaduras por el pavimento, las fracturas o las lesiones en la cabeza a menudo implican cirugía, rehabilitación y tiempo sin trabajar. Documentamos el curso completo del tratamiento antes de valorar el reclamo. No publicamos valores de casos en este sitio.
Reglas de California Que Afectan los Casos de Motocicleta
- Plazo para presentar una demanda
- Dos años desde el choque para un reclamo por lesiones conforme al artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil. Si hubo un defecto en el camino o un vehículo del gobierno involucrado, el reclamo por escrito ante la entidad pública vence a los seis meses.
- Ley del casco
- California exige que todo motociclista y pasajero use un casco que cumpla con las normas federales (artículo 27803 del Código de Vehículos). No usar casco no impide su reclamo, pero la aseguradora puede argumentar que empeoró una lesión en la cabeza, lo que puede reducir la recuperación por esa lesión.
- Circular entre carriles
- Circular entre carriles es legal en California (artículo 21658.1 del Código de Vehículos), y la Patrulla de Caminos publica pautas de seguridad al respecto. Un conductor que golpea a un motociclista que circulaba entre carriles no puede apoyarse solo en ese hecho para evadir la responsabilidad, aunque la forma en que se hizo puede considerarse al asignar la culpa.
- Culpa compartida
- California aplica la negligencia comparativa pura. Si usted tuvo parte de la culpa, su recuperación se reduce según su porcentaje de culpa, pero no se elimina.
- Conductores sin seguro o que se dan a la fuga
- Si el conductor no tenía seguro o huyó, la cobertura de conductor sin seguro de su póliza de motocicleta puede aplicar. Revisamos cada póliza que podría responder.
- Prejuicio contra los motociclistas
- Las aseguradoras y los jurados a veces dan por hecho que los motociclistas son imprudentes. La evidencia de cómo ocurrió el choque, a partir de testigos, video, marcas físicas en el camino, es la forma de desmontar esa suposición.
Qué sucede después de que usted llama
Cinco etapas, desde la primera llamada hasta el día en que se cierra el caso.
Una consulta gratuita
Usted nos cuenta lo que pasó. Nosotros le decimos si tiene un caso y lo que haríamos primero. Sin costo, sin obligación de contratarnos.
Investigación
Reunimos el reporte policial o de incidente, fotos, declaraciones de testigos, expedientes médicos y video. Cuando el caso lo requiere, contratamos a especialistas en reconstrucción de accidentes o a los médicos que lo atendieron.
Trato con las aseguradoras
Una vez que nos contrata, las aseguradoras tratan con nosotros en lugar de con usted. Nos encargamos de las llamadas, las cartas y las solicitudes de declaraciones grabadas. Usted se concentra en su tratamiento.
Negociación o demanda
Cuando su tratamiento ha avanzado lo suficiente para conocer cuáles son sus pérdidas, enviamos una carta de demanda de pago. Si la aseguradora no ofrece una cantidad justa, presentamos una demanda judicial y preparamos el caso como si fuera a llegar a juicio.
Resolución
La mayoría de los casos terminan en un acuerdo. Algunos llegan a juicio. En cualquiera de los dos casos, le explicamos cada oferta en términos sencillos, y la decisión de aceptarla o rechazarla es suya.
Preguntas que nos hacen con frecuencia
Sí. La falta de casco no afecta los reclamos por lesiones en las piernas, los brazos, la espalda o cualquier otra parte que un casco no habría protegido. En el caso de una lesión en la cabeza, la aseguradora puede argumentar que un casco la habría reducido, lo que puede disminuir esa parte de la recuperación. No pone fin al caso.
No. Circular entre carriles es legal en California. La cuestión es si se hizo de manera razonable según las condiciones, lo cual es una cuestión de hecho. Examinamos la diferencia de velocidad, el tráfico y lo que hizo el conductor. Luego construimos el caso en torno a eso.
Dos años desde el choque en la mayoría de los casos. Seis meses si una entidad pública es responsable de un peligro en el camino. Cuanto antes empecemos, más evidencia habrá con la cual trabajar.
Esa es su postura inicial, no un veredicto. Reunimos el reporte policial, las declaraciones de testigos, cualquier video, los daños a ambos vehículos y las marcas en el camino. La culpa se decide con evidencia y, si la aseguradora no cede, la decide un jurado.
Guarde todo. No repare la motocicleta ni tire el casco, la chaqueta o la ropa hasta que se lo indiquemos. Los daños cuentan la historia del impacto.
Trabajamos con honorarios de contingencia. Usted no paga nada por adelantado, y nuestros honorarios son un porcentaje de lo que recuperamos para usted. Si no recuperamos nada, usted no debe honorarios de abogado. Tampoco debe nada por los costos del caso.
Hable con un Abogado de Accidentes de Motocicleta en Glendale
Si usted resultó lesionado mientras conducía su moto en cualquier parte del condado de Los Ángeles o en otro lugar de California, llámenos o envíe el formulario. Revisaremos lo que ocurrió sin costo alguno.



