Las tiendas, los restaurantes, los edificios de apartamentos y los lugares públicos de California deben mantener sus pisos razonablemente seguros. Williams & Gasparian Law representa a personas que se cayeron porque el dueño de una propiedad no lo hizo.
Estos casos se ganan o se pierden con evidencia que desaparece rápido: el derrame que se trapea, el video que se graba encima, el reporte de incidente que nunca se escribe. Llame pronto para que podamos enviar una solicitud de preservación de evidencia y reunir lo que exista.
Peligros comunes de resbalón y caída
La pregunta en cada caso es por qué la superficie estaba resbaladiza y cuánto tiempo llevaba así.
- Derrames y pisos recién trapeados. Sin letrero de advertencia, o con un letrero colocado donde nadie podía verlo.
- Fugas. De refrigeradores, techos, instalaciones de baño o máquinas de hielo.
- Grasa. En cocinas de restaurantes, en muelles de carga y en superficies de estacionamiento cerca de contenedores de basura.
- Entradas mojadas. Losa pulida en una puerta durante la lluvia, sin tapete.
- Tapetes y alfombras sueltos. Bordes levantados o tapetes que se deslizan sobre pisos lisos.
- Áreas de piscina y vestidores. Superficies a las que nunca se les dio un acabado antideslizante.
- Frutas, verduras y empaques. Uvas, hojas o plástico en el piso de un supermercado.
Lo que usted podría recuperar
La ley de California permite que una persona lesionada reclame dos tipos de pérdidas.
Pérdidas económicas
- Atención de emergencia, estudios de imagen, cirugía y tratamiento de seguimiento
- Fisioterapia y atención futura
- Los salarios que perdió mientras no pudo trabajar
- Menor capacidad de generar ingresos si la lesión es duradera
- Ayuda en el hogar durante la recuperación
Pérdidas no económicas
- Dolor físico
- Angustia emocional
- Pérdida de las actividades que solía disfrutar
- Limitación o discapacidad permanente
Las caídas son especialmente graves para los adultos mayores, en quienes una fractura de cadera puede cambiar el rumbo de una vida. Documentamos el efecto completo de la lesión antes de valorar el reclamo. No publicamos valores de casos en este sitio.
Reglas de California que afectan los casos de resbalón y caída
- Lo que tiene que probar
- Que existía una condición peligrosa, que el dueño u ocupante sabía de ella o debió haberla descubierto, que no la corrigió ni advirtió sobre ella, y que fue la causa de su lesión.
- Conocimiento e inspecciones
- Un negocio que no inspecciona sus pisos con una frecuencia razonable puede ser considerado como si hubiera sabido de un peligro que debió encontrar. Los registros de inspección, o la falta de ellos, son evidencia central.
- Quién es responsable
- El dueño de la propiedad, el negocio que opera ahí, una empresa administradora o un contratista de limpieza. El contrato de arrendamiento puede repartir la responsabilidad entre ellos, pero usted puede presentar un reclamo contra cualquier parte cuya negligencia haya contribuido.
- Propiedad pública
- Una caída en propiedad de la ciudad, del condado o del estado requiere un reclamo administrativo por escrito ante la entidad pública dentro de seis meses, y el estándar para una condición peligrosa de propiedad pública lo establece el artículo 835 del Código de Gobierno.
- Plazo para presentar la demanda
- Dos años desde la caída para presentar una demanda contra un propietario privado. Seis meses para un reclamo administrativo ante una entidad pública.
- Culpa compartida
- California sigue la regla de negligencia comparativa pura. El dueño argumentará que usted debió haber visto el peligro. Su recuperación se reduce según la parte de culpa que se le asigne, pero no se elimina.
- Reportes de incidente y declaraciones
- Si puede, debe reportar la caída al negocio antes de irse. No está obligado a dar una declaración grabada a su aseguradora, y le recomendamos que no lo haga.
Qué sucede después de que usted llama
Cinco etapas, desde la primera llamada hasta el día en que se cierra el caso.
Una consulta gratuita
Usted nos cuenta lo que pasó. Nosotros le decimos si tiene un caso y lo que haríamos primero. Sin costo, sin obligación de contratarnos.
Investigación
Reunimos el reporte policial o de incidente, fotos, declaraciones de testigos, expedientes médicos y video. Cuando el caso lo requiere, contratamos a especialistas en reconstrucción de accidentes o a los médicos que lo atendieron.
Trato con las aseguradoras
Una vez que nos contrata, las aseguradoras tratan con nosotros en lugar de con usted. Nos encargamos de las llamadas, las cartas y las solicitudes de declaraciones grabadas. Usted se concentra en su tratamiento.
Negociación o demanda
Cuando su tratamiento ha avanzado lo suficiente para conocer cuáles son sus pérdidas, enviamos una carta de demanda de pago. Si la aseguradora no ofrece una cantidad justa, presentamos una demanda judicial y preparamos el caso como si fuera a llegar a juicio.
Resolución
La mayoría de los casos terminan en un acuerdo. Algunos llegan a juicio. En cualquiera de los dos casos, le explicamos cada oferta en términos sencillos, y la decisión de aceptarla o rechazarla es suya.
Preguntas que nos hacen con frecuencia
Busque atención médica, aunque piense que se le pasará caminando. Reporte la caída al gerente y pida un reporte de incidente por escrito. Fotografíe el peligro, sus zapatos y el área circundante, incluidos los letreros o la falta de ellos. Consiga los nombres de los testigos. Guarde los zapatos que llevaba puestos.
Ese es un argumento de culpa comparativa, y es el más común. Importa si el peligro era visible, cuánto tiempo llevaba ahí y si la tienda inspeccionó el área. Aunque se le asigne una parte de la culpa, el reclamo continúa por una cantidad reducida.
Posiblemente. Un letrero tiene que estar colocado donde una persona que se acerca al peligro realmente lo vea, y no justifica dejar un peligro sin atender por tiempo indefinido. La ubicación del letrero y el momento en que se colocó importan.
El seguro de vivienda suele cubrir la lesión de un invitado, y el reclamo se presenta contra la póliza, no contra su amigo en lo personal. Aplican las mismas reglas sobre conocimiento del peligro y condiciones peligrosas.
Dos años para un reclamo contra un propietario privado. Seis meses para un reclamo administrativo ante una entidad pública. El video de una tienda suele conservarse durante días o semanas, así que el plazo práctico para la evidencia es mucho más corto.
Trabajamos con honorarios de contingencia. Usted no paga nada por adelantado, y nuestros honorarios son un porcentaje de lo que recuperemos para usted. Si no recuperamos nada, usted no debe ningún honorario de abogado. Tampoco debe nada por los costos del caso.
Hable con un abogado de resbalón y caída en Glendale
Si se cayó en una superficie insegura en cualquier lugar de California, llámenos o envíe el formulario. Revisaremos lo que pasó sin costo alguno.



